Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 1 ene 2026
El ejercicio de la función interventora para la contratación laboral de personal temporal de los centros de atención social de la Comunidad de Madrid y para la contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos de cuerpos docentes adscritos a centros públicos docentes no universitarios dependientes de la Consejería competente en materia de educación se producirá en el momento de la inclusión de dichos contratos y nombramientos en nómina.
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eli/es-md/l/2025/12/23/5#disposicion-adicional-novena

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