Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.a Estructuras presupuestarias
Art. 64
En vigor desde 1 ene 2026
Como documentación adicional al presupuesto de los organismos autónomos mercantiles, se acompañará una cuenta de operaciones comerciales, con el detalle numérico de los ingresos y gastos que lo conforman.
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Proeli/es-md/l/2025/12/23/5#art-64