Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 31 dic 2024
Las disposiciones de esta ley resultarán de aplicación a los procedimientos autorizatorios o que habiliten la realización de actividades económicas cuya tramitación se hubiere iniciado a partir del 21 de marzo de 2023.
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Proeli/es-ar/l/2024/12/19/5#disposicion-transitoria-primera