Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final primera

En vigor desde 15 nov 2024
Se modifica el apartado d) del artículo 27 de la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears, en el sentido de añadir un nuevo párrafo, con la siguiente redacción: «Lo mismo será predicable de los pasajeros con destino a la isla de Eivissa».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2024/11/11/5#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil