Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
35 / 37En vigor desde 15 nov 2024
Se modifica el apartado d) del artículo 27 de la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears, en el sentido de añadir un nuevo párrafo, con la siguiente redacción:
«Lo mismo será predicable de los pasajeros con destino a la isla de Eivissa».
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Proeli/es-ib/l/2024/11/11/5#disposicion-final-primera