Título TÍTULO III

Art. 34

En vigor desde 17 abr 2023
1. La dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 será el alto cargo competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias con rango de viceconsejería o dirección general. 2. Al titular de la dirección le corresponderán las funciones que se establezcan en esta ley y en el estatuto de la Agencia, y en particular: a) Desempeñar la dirección de la Agencia. b) Ostentar la representación legal y ordinaria de la Agencia. c) Administrar el patrimonio y los bienes. d) Ejercer las funciones de dirección del personal de la Agencia. e) Ejercer la dirección del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias. f) Cualquier otra atribución que le sea delegada por el Consejo o conferida reglamentariamente.
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eli/es-md/l/2023/03/22/5#art-34

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