Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 45

En vigor desde 1 jun 2022
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha impulsará la adopción, por parte de las empresas, de códigos éticos y de conducta que contemplen medidas de protección frente a la discriminación por razones de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, desarrollo sexual o pertenencia a familias LGTBI. 2. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha divulgará las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, desarrollo sexual o pertenencia a familias LGTBI.
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eli/es-cm/l/2022/05/06/5#art-45

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