Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Del Comité Asturiano de Justicia Deportiva

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 8 sept 2022
Los órganos administrativos regulados en la presente ley deberán estar en funcionamiento en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2022/06/29/5#disposicion-adicional-sexta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil