Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Del Comité Asturiano de Justicia Deportiva

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 8 sept 2022
Los órganos administrativos regulados en la presente ley deberán estar en funcionamiento en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.
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