Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones comunes

Art. 17

En vigor desde 8 sept 2022
Las entidades deportivas se clasifican, a los efectos de esta ley, en clubes deportivos asturianos, agrupaciones de clubes asturianos y federaciones deportivas asturianas.
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eli/es-as/l/2022/06/29/5#art-17

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