Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 28 abr 2022
En el plazo máximo de doce meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, se otorgará la condición política de riojanos a aquellos miembros de la resistencia antifranquista y enlaces de esta que, sin ser riojanos y riojanas, a título honorífico o a título póstumo hayan defendido en La Rioja al Gobierno legítimo de la Segunda República.
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eli/es-ri/l/2022/04/25/5#disposicion-adicional-tercera

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