Título TÍTULO IV

Art. 38

En vigor desde 14 jul 2022
1. Para fomentar la función social de los archivos privados, las administraciones públicas, en sus respectivos ámbitos de competencia, podrán establecer ayudas, dirigidas a personas físicas y jurídicas privadas, para el desarrollo de proyectos archivísticos con fines de conservación y difusión del patrimonio documental de carácter privado. 2. Quienes se beneficien de estas ayudas tendrán la obligación de someterse a la supervisión de las administraciones públicas con las que se encuentren vinculados por haber recibido subvención, en todo lo relacionado con el proyecto subvencionado.
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eli/es-pv/l/2022/06/23/5#art-38

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