Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 154
En vigor desde 1 ene 2023
1. La Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros es el órgano bilateral de relación entre las administraciones del Estado y de Aragón en las materias sobre financiación autonómica específicas aragonesas, en el marco de las funciones que le atribuye el artículo 109 del Estatuto de Autonomía.
2. La Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros se regirá por el reglamento de organización y funcionamiento interno que se apruebe por acuerdo conjunto.
Se deroga el apartado 3 por la disposición derogatoria.3 de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1960
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2021/06/29/5#art-154