Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

En vigor desde 10 feb 2021
1. La Administración autonómica garantizará la participación activa de las administraciones locales de Galicia en todas las políticas dirigidas al impulso demográfico. 2. La colaboración y cooperación con las administraciones locales de Galicia en el diseño y desarrollo de políticas de impulso demográfico será promovida por la Administración autonómica a través de la comisión prevista en el artículo 20. 3. La Administración autonómica promoverá la inclusión de políticas de impulso demográfico dentro de los programas desarrollados por la Eurorregión Galicia-Norte de Portugal.
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eli/es-ga/l/2021/02/02/5#art-10

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