Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 27 ago 2019
Se añade en el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, un nuevo párrafo con el siguiente contenido: «En garantía de la sostenibilidad financiera del sistema y para permitir realizar las previsiones oportunas en cuanto al volumen de residuos procedentes de la fracción orgánica de los residuos urbanos (Forsu) a tratar en la nueva planta de compostaje, los convenios tendrán un plazo mínimo de vigencia de cinco años, el cual podrá ser prorrogado de común acuerdo por las partes.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2019/08/02/5#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil