Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 8 jun 2018
En el plazo de seis meses se creará, en el ámbito del Consejo Aragonés del Transporte, la Comisión Especializada del Taxi, como órgano participativo con una representación proporcional de la diversidad territorial de Aragón, con las funciones de coordinación, asesoramiento y consulta, que analice las necesidades y oportunidades del transporte público mediante servicios de taxi.
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eli/es-ar/l/2018/04/19/5#disposicion-adicional-segunda

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