Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 9 jul 2017
La participación institucional recogida en la presente ley se realizará sin perjuicio de la representación que corresponde a otras organizaciones o instituciones representativas de intereses sectoriales presentes en los órganos de asesoramiento y participación de carácter sectorial de la Administración Autonómica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2017/07/05/5#disposicion-adicional-tercera