Libro PARTE PRIMERATítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección sexta. Régimen transitorio

Art. 95

En vigor desde 31 mar 2017
Para los ejercicios de 2018 y 2019, la cuota tributaria del impuesto se obtiene de la aplicación de la tarifa que corresponda a las emisiones oficiales de dióxido de carbono por kilómetro del vehículo, de acuerdo con las siguientes tablas: a) Turismos de la categoría M1. Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (euros/g CO 2 /km) Hasta 120 g/km 0 Más de 120 g/km y hasta 140 g/km 0,55 Más de 140 g/km y hasta 160 g/km 0,65 Más de 160 g/km y hasta 200 g/km 0,80 Más de 200 g/km 1,1 b) Comerciales ligeros de la categoría N1. Emisiones oficiales de dióxido de carbono Tipo marginal (euros/g CO 2 /km) Hasta 160 g/km 0 Más de 160 g/km 0,30
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2017/03/28/5#art-95

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil