Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Procedimiento sancionador

Art. Disposición adicional duodécima

En vigor desde 1 ene 2023
Igualmente, se establece el reconocimiento como Camino de Santiago de la denominada Ruta de la Translatio, por la Ruta Jacobea del Mar de Arousa y Río Ulla, teniendo en cuenta que ya ha iniciado su delimitación y su deslinde por acuerdos de 19 de febrero de 1998, publicados en el «Diario Oficial de Galicia» número 44, de 5 de marzo de 1998, al amparo de la Ley 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los Caminos de Santiago. En cualquier caso, con independencia de su delimitación, deberán tenerse en cuenta sus peculiaridades y las prescripciones de la autoridad marítima competente en orden al establecimiento de los canales de navegación. Se modifica por el .4 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-6382

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eli/es-ga/l/2016/05/04/5#disposicion-adicional-duodecima

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