Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 10 may 2015
1. Los planes contendrán los objetivos estratégicos que se espera lograr con la actuación, los plazos de consecución, fines y su vinculación con la política presupuestaria de gasto que se corresponda. 2. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido mínimo: a) Las líneas de subvención para cada sector de actividad al que se dirigen las subvenciones, los objetivos específicos y efectos que se pretenden con cada línea y el plazo necesario para su consecución. b) Los costes de realización y las fuentes de financiación, internas o externas. c) Las líneas básicas de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones. d) El régimen de seguimiento y evaluación de la actividad subvencional. e) La previsión de utilización del régimen de concesión directa de subvenciones en los distintos sectores de actividad.
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eli/es-ar/l/2015/03/25/5#art-6

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