Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección cuarta. De la libertad de testar en el valle de Ayala en Álava

Art. 88

En vigor desde 3 oct 2015
1. El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega. 2. Las posteriores modificaciones administrativas en los términos municipales enumerados no alterarán el Derecho civil aplicable.
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eli/es-pv/l/2015/06/25/5#art-88

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