Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª La promoción de la salud

Art. 37

En vigor desde 16 jul 2014
Con el fin de promover la salud, permitiendo a las personas y a los grupos sociales aumentar el control sobre los determinantes de su salud, las Administraciones Públicas aragonesas impulsarán políticas públicas saludables en las siguientes áreas: a) Creación de entornos sanos, seguros y sostenibles. b) Fortalecimiento de la acción comunitaria y del tejido social. c) Fomento de la educación para la salud. d) Integración de la educación y promoción de la salud en los servicios públicos sanitarios, educativos y sociales.
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eli/es-ar/l/2014/06/26/5#art-37

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