Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 3 sept 2013
Para la correcta aplicación de lo dispuesto en el Título III de esta ley y en aras de la seguridad jurídica, la Junta de Castilla y León, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley aprobará una relación detallada de los procedimientos y trámites relacionados con la creación e instalación de empresas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2013/06/19/5#disposicion-final-cuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil