Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 3 sept 2013
Para la correcta aplicación de lo dispuesto en el Título III de esta ley y en aras de la seguridad jurídica, la Junta de Castilla y León, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley aprobará una relación detallada de los procedimientos y trámites relacionados con la creación e instalación de empresas.
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Proeli/es-cl/l/2013/06/19/5#disposicion-final-cuarta