Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 68
En vigor desde 24 mar 2012
Se modifica el artículo 28.3 de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, que queda redactado del siguiente modo:
«3. La Autoridad Catalana de Protección de Datos debe elaborar su propuesta de anteproyecto de presupuesto de ingresos y de gastos de acuerdo con las normas que dicte el departamento competente en materia de economía y finanzas para elaborar los presupuestos de la Generalidad, y debe remitirlo al departamento mediante el que se relaciona con el Gobierno para que este, sobre la base de esta propuesta, formule el anteproyecto y tramite su inclusión en el proyecto de ley de presupuestos de la Generalidad.»
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli/es-ct/l/2012/03/20/5#art-68