Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 8

En vigor desde 9 ene 2011
1. Los datos personales a que se refiere este Título se someterán al régimen de protección establecido en la legislación vigente. 2. Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley tienen la obligación de adoptar las medidas técnicas y organizativas para garantizar los derechos regulados en este Título, elaborando, en su caso, normas y protocolos de carácter interno que garanticen la legitimidad del acceso a los datos de las personas.
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eli/es-cm/l/2010/06/24/5#art-8

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