Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 233
En vigor desde 4 nov 2006
La declaración de área de regularización urbanística corresponde a la Consejería competente en materia de urbanismo. El acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de La Rioja».
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Proeli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-233