Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Normas comunes
Art. 130
En vigor desde 4 nov 2006
Las unidades de ejecución se desarrollarán mediante cualesquiera de los siguientes sistemas de actuación: compensación, cooperación, expropiación y agente urbanizador.
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Proeli/es-ri/l/2006/05/02/5#art-130