Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 9 may 2003
El plazo para la elaboración de los planos de delimitación a que se refiere el artículo 2 es de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2003/04/22/5#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil