Capítulo CAPÍTULO III

Art. 15

En vigor desde 25 dic 2003
Las Autoridades Territoriales del Transporte tendrán la naturaleza, objeto, funciones, estructura, organización y financiación que se establezcan en el instrumento de creación de las mismas.
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eli/es-pv/l/2003/12/15/5#art-15

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