Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 28 jul 2002
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es-md/l/2002/06/27/5#disposicion-final-cuarta

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