Capítulo CAPÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 29 nov 2001
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria colaborará con las Administraciones locales, así como con instituciones museísticas de otras Comunidades Autónomas, museos nacionales o extranjeros y asociaciones culturales en orden al fomento y mejora de la infraestructura museística autonómica y de sus fondos.
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eli/es-cb/l/2001/11/19/5#art-9

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