Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 23

En vigor desde 4 ago 1997
Desde el Sistema de los Servicios Sociales se colaborará con el Departamento del Gobierno Valenciano que gestione la sanidad, a fin de impulsar un programa de atención social a enfermos terminales. En el marco de este programa se intentarán alcanzar los objetivos siguientes: a) Apoyo y atención psicológica al paciente y la paciente y a su entorno familiar, y al equipo asistencial. b) Atención integral al paciente y la paciente en colaboración con hospitales especializados y atención primaria. c) Atención y preparación de la familia en el proceso del duelo. d) Resolución de la problemática social existente en torno a los enfermos y las enfermas y su familia, acceso a recursos sociales y establecimiento de la coordinación con la comunidad. e) Actividad formativa continua (mediante programas específicos) para todas las personas profesionales implicadas o interesadas en estos problemas.
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eli/es-vc/l/1997/06/25/5#art-23

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