Art. 3

En vigor desde 6 ago 1992
El desarrollo de la ordenación y la normativa, en el planeamiento especial que se elabore deberán seguir las siguientes directrices: a) Respecto de los espacios a proteger: 1. Se extenderá la protección del acantilado desde su límite actual, en la Punta del Fraile hasta su encuentro con el barranco de La Arena. Se propondrá que su régimen jurídico sea el de suelo rústico litoral y costero. 2. Los barrancos de La Arena y El Pinito se propondrán como suelo rústico de protección, por su valor natural como elementos geomorfológicos y diferenciadores del territorio. 3. Se propondrá como suelo rústico de protección paisajística la unidad ambiental que constituye el sector de la ladera de Tamaide incluida en el área de El Rincón. 4. El camino del Ancón, el camino que discurre paralelo al barranco de La Arena, la vereda que desde la urbanización «Vista Paraíso», en Santa Úrsula, desciende hasta el Ancón y el collado con mirador situado al comienzo de la carretera de acceso serán protegidos como elementos de valor paisajístico. En el caso de los dos caminos mencionados su protección se fundamenta en su carácter de elementes organizadores del espacio. b) Respecto de la superficie agraria: 1. Se incluirán las normas y actuaciones necesarias para la conservación de los valores agrarios de El Rincón. 2. Se considerará todo el espacio agrario útil en estos momentos como suelo rústico potencialmente productivo. 3. Será objeto de protección especial y puntual para preservar infraestructuras y dependencias de interés paisajístico. c) Respecto de la infraestructura viaria: En el objeto de mejorar el acceso general al sector así como a las playas del municipio: 1. Se mantendrá el trazado existente introduciendo las mejoras necesarias, especialmente destinadas para lograr un anillo de circunvalación en la parte baja de El Rincón, a partir de San Diego. 2. Se reservarán pequeños espacios en lugares estratégicos que permitan el aparcamiento ordenado de vehículos rodados en junción de la circulación, en consonancia con los usos admitidos y la capacidad de las playas. 3. Se mejorará el sistema de acceso peatonal a las playas. d) Respecto de los usos: 1. Se mantendrá fundamentalmente el uso agrario y se excluirán los usos incompatibles con el mantenimiento del carácter rústico de la zona. 2. Se entenderá compatible cierto tipo de turismo y otras actividades, en especial las que reutilicen las infraestructuras y edificios abandonados por la agricultura. Sin perjuicio de ello también serán compatibles las que se deriven de las instalaciones y equipamientos ecoturísticos, de carácter comarcal, que contemple el plan insular de ordenación de Tenerife. 3. Se incluirán las directrices generales de la ordenación de la zona así como las limitaciones urbanísticas, y en su caso, las de aquellas instalaciones y equipamientos ecoturísticos que sean previstos en el plan insular de ordenación de Tenerife. 4. Se considerará compatible la ganadería vacuna y equina, esta última relacionada incluso con actividades recreativas. 5. Se adoptarán medidas para defender, mejorar y ordenar el litoral y las playas de la zona de El Rincón, para disfrute de los ciudadanos. e) Respecto de las compensaciones: 1. El Plan Especial definirá el órgano y la forma de gestión del espacio y el reparto de las cargas y beneficios, valorándose como carga a soportar y repartir la que pudiera conllevar el mantenimiento de la zona agrícola en el estado actual en lo que a valores paisajísticos se refiere. 2. Se considerarán indemnizables las limitaciones a la propiedad que se establezcan en relación con los usos permitidos en el suelo rústico. 3. Con el fin de garantizar el mantenimiento de los valores agrícolas de Ei Rincón, se propondrán las actuaciones de carácter socioeconómico que sirvan para compensar a la comunidad local y a las actividades afectadas por la protección establecida. 4. Se propondrá la búsqueda de ayudas financieras de carácter medioambiental para el municipio de La Orotava por parte de la Comunidad Autónoma, en todos los ámbitos. 5. Se propondrá la colaboración entre el Gobierno de Canarias 4 y el Ayuntamiento de La Orotava en la financiación de las infraestructuras públicas en El Rincón, en especial las que se refieren a sus playas y litoral.
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eli/es-cn/l/1992/07/15/5#art-3

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