Capítulo CAPÍTULO II
Art. 16
En vigor desde 27 jun 1990
1. El Plan Especial de protección consiste en la definición de un conjunto de actuaciones para la defensa de la viabilidad, la seguridad o la estética de una carretera y su entorno.
2. La redacción de un Plan Especial de protección de una carretera tendrá que ajustarse a lo especificado en la legislación del suelo.
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Proeli/es-ib/l/1990/05/24/5#art-16