Capítulo CAPÍTULO X

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 27 may 2004
Esta ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/11/26/49#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil