Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 nov 2015
No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 11.5 a las bonificaciones que se vinieran disfrutando con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
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eli/es/l/2015/10/21/47#disposicion-adicional-primera

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