Art. 8
En vigor desde 16 mar 1999
En el territorio segundo, las demarcaciones, planta, número de orden y sede de los Juzgados Togados Militares Territoriales serán las siguientes:
a) Provincias de Córdoba, Sevilla, Huelva y Jaén.
Un Juzgado Togado, con el número 21 y sede en Sevilla.
b) Provincia de Cádiz. Un Juzgado Togado con el número 22 y sede en San Fernando (Cádiz).
c) Provincias de Granada y Almería. Un Juzgado Togado con el número 23 y sede en Almería.
d) Provincia de Málaga. Un Juzgado Togado con el número 24 y sede en Málaga.
e) Ceuta. Un Juzgado Togado con el número 25 y sede en Ceuta.
f) Melilla. Un Juzgado Togado con el número 26 y sede en Melilla.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1998/12/15/44#art-8