Secc. Sección 3.ª Reducción de cotizaciones empresariales por contratos indefinidos

Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 31 dic 2006
Los contratos que concierten los centros especiales de empleo con trabajadores con discapacidad a los que sea aplicable el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo, deberán ajustarse a cualquiera de las modalidades de contratación previstas en la legislación laboral, de acuerdo con los requisitos establecidos en cada caso.
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eli/es/l/2006/12/29/43#disposicion-adicional-octava

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