Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 35
En vigor desde 21 oct 2015
Las Administraciones públicas promoverán el desarrollo de los sistemas de certificación forestal voluntarios, transparentes y no discriminatorios.
Se modifica por el art. único.51 de la Ley 21/2015, de 20 de julio. Ref. BOE-A-2015-8146#aunico . Se modifica por el art. único.22 de la Ley 10/2006, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2006-7678 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2003/11/21/43#art-35