Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 4 feb 2026
(Derogada)
Se deroga, con efectos desde el día 1 de enero de 2026, por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero. Ref. BOE-A-2026-2548#dd Se deja sin efecto la derogación por Resolución de 27 de enero de 2026, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 16/2025 de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-2024 Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-26458#dd Se modifica por la disposición final 5 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17992#df-5 Se modifica el apartado 2, con efectos de 1 de enero de 2016, por la disposición final 8 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11644 . Se modifica por la disposición final 19.1 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13616 . Se modifica por la disposición final 17 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15651 . Se modifica por la disposición final 8 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765 . Se modifica por la disposición final 13 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744 . Se modifica el apartado 1 por la disposición final 14.1 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-22295 . Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 52, de 1 de marzo de 2007. Ref. BOE-A-2007-4234 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/12/28/42#disposicion-adicional-cuarta