Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 48

En vigor desde 27 nov 1999
En el expediente académico constarán las calificaciones académicas, certificaciones y acreditaciones de los títulos obtenidos y estudios realizados en el sistema de enseñanza de la Guardia Civil, así como las correspondientes a títulos o estudios del sistema educativo general. También se incluirán las de los estudios profesionales realizados en otros países.
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eli/es/l/1999/11/25/42#art-48

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