Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 25
En vigor desde 1 ene 2002
1. Los españoles tienen derecho al acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil en los términos regulados en este capítulo.
2. A la enseñanza de formación de la Guardia Civil se podrá acceder directamente, por promoción interna o por cambio de Escala, de acuerdo con lo regulado en este capítulo.
Se modifica el apartado 2 por el .1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1999/11/25/42#art-25