Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 22
En vigor desde 16 may 2003
Todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Éstos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2002/11/14/41#art-22