Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL
En vigor desde 1 jul 1980
DISPOSICIÓN ADICIONAL
A los efectos del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sobre viviendas o sobre bienes inmuebles destinados a su construcción se aplicarán, a petición del interesado, las normas de fraccionamiento de pago establecidas en el artículo sexto del Decreto-ley trace/mil novecientos setenta y cinco, de diecisiete de noviembre.
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Proeli/es/l/1980/07/05/41#disposicion-adicional