Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final decimosexta

En vigor desde 2 oct 2016
Por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno, se determinarán las precedencias de los titulares de los poderes constitucionales y de las instituciones nacionales, así como las de los titulares de los departamentos ministeriales y de los órganos internos de estos en relación con los actos oficiales.
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eli/es/l/2015/10/01/40#disposicion-final-decimosexta

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