Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional decimosexta
En vigor desde 2 oct 2016
Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.
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Proeli/es/l/2015/10/01/40#disposicion-adicional-decimosexta