Art. Disposición adicional vigesimoquinta

En vigor desde 23 oct 2026
El Gobierno revisará, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el régimen aplicable a los trabajadores autónomos beneficiarios de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, adoptando las modificaciones reglamentarias necesarias para garantizar que el sistema de regularización anual de las bases de cotización por rendimientos reales no produzca una reducción injustificada de su nivel de protección social cuando la disminución de ingresos derive de la reducción de actividad motivada por el cuidado del causante.
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