Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 26
En vigor desde 16 oct 2025
En aquellos casos en que se haya pactado de forma expresa, los conflictos que surjan entre las personas voluntarias y las entidades de voluntariado se someterán a mediación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
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Proeli/es-cb/l/2025/10/09/4#art-26