Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 64

En vigor desde 2 mar 2023
Las cláusulas de los contratos y negocios jurídicos que vulneren el derecho a la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales serán nulas y se tendrán por no puestas.
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eli/es/l/2023/02/28/4#art-64

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