Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 51

En vigor desde 8 mar 2023
La renta de emancipación para jóvenes que han sido sometidos a medidas administrativas de tutela o guarda de protección de menores por administraciones públicas de las Illes Balears y que se encuentran en proceso de autonomía personal, tiene por objeto contribuir, temporalmente y hasta los veinticinco años, a que puedan vivir de forma autónoma y se puedan integrar gradualmente en la vida social y laboral, siempre que acrediten no disponer de recursos económicos suficientes y vivan de forma autónoma.
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eli/es-ib/l/2023/02/27/4#art-51

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